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Senado deroga los fueros militares en Argentina

El Senado Argentino aprobó anoche por unanimidad la derogación del Código de Justicia Militar, por lo que los miembros de las Fuerzas Armadas deberán someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal y no ante tribunales especiales, como sucedió siempre. El proyecto había sido elaborado por el Poder Ejecutivo. 

Ejército Argentino:ahora, iguales a los demás ciudadanos ante la ley. Foto: Archivo @DIN.

@DIN, 7 de agosto de 2008 - El Senado aprobó anoche la derogación del Código de Justicia Militar, lo cual a partir de ahora pone en un mismo plano a militares y civiles.
Desaparece así un fuero específico que cruzó parte del siglo XIX y todo el siguiente hasta nuestros días. Final para algo "anacrónico y hostil", como lo definió la senadora mendocina Marita Perceval, una de las oradoras.
El Senado aprobó por unanimidad la derogación del Código de Justicia Militar, por lo que los miembros de las Fuerzas Armadas deberán someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito penal y no ante tribunales especiales. El proyecto había sido elaborado por el Poder Ejecutivo.
La sesión tuvo una invitada especial: la ministra de Defensa, Nilda Garré, sentada, en silencio, en primera fila. Su edecán, uniformada, la aguardaba en el umbral del salón Eva Perón, contiguo al recinto de sesiones.
"Eliminamos un fuero especial, donde los militares se juzgaban a sí mismos a través de un sistema anacrónico, arbitrario e injusto, donde no se respetaban las garantías del debido proceso. Es una oxigenación y un avance para el sistema democrático en la Argentina y saldamos una deuda con las Fuerzas Armadas.", declaró la ministra de Defensa, Nilda Garré, quien no ocultó su satisfacción.
El proyecto fue redactado por juristas, militares, organismos humanitarios y de derechos humanos y terminó con los tribunales especiales, la pena de muerte y las sanciones a los militares por razones políticas, religiosas y sexuales.
No sólo culminaba un fuero especial, que estaba al margen de la Constitución con la incorporación en ella, en la reforma de 1994, de los pactos sobre derechos humanos. También quedaba encerrada una historia específicamente militar que arrancaba con el gobierno de Julio Argentino Roca, seguía con la reforma de 1951 de Juan Domingo Perón y culminaba con los cambios hechos durante la gestión de Raúl Alfonsín, ni bien recuperada la democracia.
Se hicieron en 1984 para posibilitar el juicio y castigo a los ex comandantes del "proceso" y en 1987 para ampliar el concepto de obediencia debido al extremo de trasformar el concepto en una virtual amnistía.
Fue después del alzamiento "carapintada" de Semana Santa de ese año. Una ley derogada primero y, luego -fue hace cinco años- directamente anulada por otra ley, con lo cual desaparecieron todos sus efectos, tal como si nunca hubiera existido.
Hacía tiempo que los militares venían golpeando la puerta del Congreso para instar a los legisladores a concederles a ellos los derechos que hubieran tenido, por ejemplo, militares extranjeros que hubieran caído en prisión en un hipotético conflicto bélico.
"Oxigena y garantiza el debido proceso a todos ellos", declaró a la salida la ministra Garré.
La derogación del Código castrense fue un compromiso que el Estado había asumido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir del reclamo del capitán del Ejército Rodolfo Correa Belisle, quien fue sancionado por haber declarado en contra de sus superiores en el caso del encubrimiento del asesinato del soldado Omar Carrasco. Correa Belisle, que fue representado por el CELS en su denuncia internacional, no pudo tener un abogado de confianza ni presentar pruebas, y fue juzgado por un tribunal que dependía de los mismos militares a los que él había acusado. Todo fue realizado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Justicia Militar.

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A tribunales, como todos los demás

La derogación del Código de Justicia Militar fue convertida en ley por unanimidad de los senadores presentes. Hubo algunas objeciones menores. Es el fin de los tribunales especiales para los miembros de las Fuerzas Armadas.


Por Miguel Jorquera
Pagina|12

"Eliminamos un fuero especial, donde los militares se juzgaban a sí mismos a través de un sistema anacrónico, arbitrario e injusto, donde no se respetaban las garantías del debido proceso. Es una oxigenación y un avance para el sistema democrático en la Argentina y saldamos una deuda con las Fuerzas Armadas." La ministra de Defensa, Nilda Garré, no ocultó su satisfacción tras presenciar en el Senado el debate que derogó por unanimidad –aunque con algunas objeciones puntuales– el Código de Justicia Militar. Un proyecto que redactaron juristas, militares, organismos humanitarios y de derechos humanos y que terminó con los tribunales especiales, la pena de muerte y las sanciones a los militares por razones políticas, religiosas y sexuales.
Casi una hora después de lo previsto, a las 13.55, Pablo Marín abrió el debate sobre la derogación del Código de Justicia Militar (CJM), que tenía media sanción de Diputados. En el palco especial ya se había sentado Garré y una comitiva del Ministerio de Defensa, que promovió el proyecto oficial. "Establece la igualdad de derechos y garantías a todos los ciudadanos y equipara los estándares internacionales previstos en nuestra Constitución con la incorporación de múltiples tratados. Es una reforma que le debemos a la sociedad toda, porque no podemos hablar de militares a parte de la sociedad. Es un absurdo", argumentó el peronista pampeano que preside la Comisión de Justicia y Asuntos Penales.
El proyecto oficial establece que los miembros de las Fuerzas Armadas deben someterse a la Justicia ordinaria ante cualquier delito contemplado en el Código Penal y que éstos puedan apelar las sanciones militares ante la Justicia Federal. La iniciativa también crea un "Procedimiento Penal Militar para tiempos de guerra y otros conflictos armados" y un nuevo código disciplinario para los miembros de las Fuerzas Armadas.
Todos los bloques opositores coincidieron en expresar su apoyo a la medida, pero manifestaron objeciones sobre algunos aspectos del proyecto. El primero en señalarlos fue el radical Luis Petcoff Naidenoff. El senador formoseño cuestionó el anexo 3 del proyecto que crea "instrucciones a la población civil para tiempos de guerra y otros conflictos armados, a través de bandos militares". Consideró que esas cuestiones eran contrarias a la Ley de Defensa Nacional y señaló como "innecesaria" la incorporación al Código Penal del delito de "poner mano" de un superior militar a su subordinado, afirmando que se trata de un "problema disciplinario", ya que la figura de lesiones, si las hubiera, ya están estipuladas.
La misma consideración hicieron otros partidos provinciales y el socialista Rubén Giustiniani, que también habló en nombre de la Coalición Cívica y el ARI fueguino. Giustiniani sumó a los cuestionamientos la "especificaciones y excepciones" en tiempos de guerras y otros conflictos armados, además del anexo 4 del proyecto, donde criticó las calificaciones de las faltas que establece el nuevo sistema disciplinario para las Fuerzas Armadas y afirmó que las mismas deben quedar en manos de la justicia ordinaria.
La kirchenrista Marita Perceval fue la encarga de salirle al cruce a los críticas. Perceval afirmó que las preocupaciones que expresaron algunos senadores también habían sido motivo de análisis en la Comisión de Defensa que preside. Aseguró que todas las definiciones sobre "guerra, hipótesis de conflictos y de conflictos armados" fueron tomadas de las conclusiones de la Cruz Roja Internacional y están establecidos en la propia Ley de Defensa de la Democracia. También descartó la convalidación de "obediencia debida", que pudieran aludir los propios militares para esquivar posibles delitos, porque hay jurisprudencia sobre ese tema para todo el personal militar y de las fuerzas de seguridad para delitos de lesa humanidad.
A la hora de votar, el proyecto fue respaldado en general por unanimidad de los 60 senadores presentes en el recinto. Los cuestionamientos obligaron a votar los artículos objetados, a pesar que las críticas estaban asentadas, en la mayoría de los casos, sólo en algunos de sus incisos. Las diferencias no pusieron en riesgo el proyecto. Sólo el artículo 4 –que incluye las recomendaciones a civiles en tiempos de guerra– cosechó 20 votos en contra. Así, la reforma de la Justicia militar ya es ley.

Cuáles son los cambios

La reforma del sistema de justicia militar fue elaborada en una comisión de juristas –de la que también participaron auditores de las Fuerzas Armadas– convocada por la ministra de Defensa, Nilda Garré. La derogación del Código castrense fue un compromiso que el Estado asumió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir del reclamo del capitán del Ejército Rodolfo Correa Belisle, quien fue sancionado por haber declarado en contra de sus superiores en el caso del encubrimiento del asesinato del soldado Omar Carrasco. Correa Belisle, que fue representado por el CELS en su denuncia internacional, no pudo tener un abogado de confianza ni presentar pruebas, y fue juzgado por un tribunal que dependía de los mismos militares a los que él había acusado. Todo fue realizado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Justicia Militar.

El director ejecutivo del CELS, Gastón Chillier, señaló ayer que "la nueva ley permite adecuar el sistema de administración de justicia militar a las reglas propias de un Estado de Derecho de modo de evitar tanto las situaciones de privilegio como las de falta de garantías para los integrantes de las Fuerzas Armadas".

- La reforma que sancionó el Congreso contiene la derogación del Código que estuvo vigente casi sin cambios desde 1951. En 1984 el ex presidente Raúl Alfonsín introdujo una modificación para que pudiera realizarse el juicio a los ex comandantes. Dispuso como excepcionalidad que las cámaras federales fueran el tribunal de alzada de la Justicia castrense, que se resistía a procesar a los responsables del terrorismo de Estado. Hasta el día de hoy los represores siguen reclamando que las violaciones a los derechos humanos sean juzgadas por tribunales militares. Aunque existe desde hace tiempo consenso jurídico en rechazar esa petición, esta reforma terminará con la posibilidad de usar ese argumento. Ahora, todos los delitos militares serán juzgados por la Justicia federal. La única excepción será el tribunal militar para tiempos de guerra, que aun así deberá dar "estricto cumplimiento, en cuanto sea posible, a lo previsto por el Código Procesal Penal de la Nación".

- Se eliminó la pena de muerte del sistema jurídico argentino. Aunque estaba en desuso, figuraba en el texto y podía volver a ser aplicada en algún momento.

- Desapareció la sanción a la homosexualidad dentro de las Fuerzas Armadas. El nuevo régimen prohíbe los "actos o manifestaciones que de alguna forma discriminen a cierto grupo de personas" y condena "realizar campañas de hostigamiento personal o grupal" o "afectar la dignidad personal, provocar burlas o humillaciones". Esas conductas se consideran faltas graves. Lo mismo ocurre cuando un militar "efectuare un requerimiento de carácter sexual para sí o para un tercero, bajo la amenaza de causar a la víctima un daño relacionado con el servicio o su carrera". Será una falta gravísima si el acoso lo realiza un superior. También cometerán faltas gravísimas quienes "ordenen la realización de actos contrarios a la Constitución nacional, las leyes o los reglamentos militares".

- El nuevo régimen disciplinario permite que las faltas sean sancionadas con multas, es decir, con descuentos en los salarios de los uniformados. Para una falta leve se prevé un apercibimiento, cinco días de arresto o una multa de hasta diez días de sueldo. Para las faltas gravísimas se contempla la destitución.

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del  70 al 90, creo que en Latinoamérica y luego de más de doscientos años practicando, estamos comenzando por fin a comprender algunas de ellas. Si bien considero que aún no nos da el pinet para jugar en primera, tal vez logremos salvarnos esta vez de afrontar un nuevo descenso". Puede descargarse de la sección Ediciones en www.quipueditorial.com.ar

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